CONDICIONES GENERALES DE VENTA, SERVICIO Y GARANTIA DE PETRAX EIRL

Generalidades.
Las ventas, suministros y servicios a efectuar por PETRAX EIRL (en adelante, el Vendedor) se regirán por las presentes Condiciones Generales de Venta, excepto en todo aquello que esté expresamente acordado de forma distinta en la oferta correspondiente o en la aceptación del pedido y que constituya las condiciones particulares del mismo. Por ello no tendrán valor ni efecto jurídico otras condiciones que no se hayan aceptado explícitamente por el Vendedor.1.2 Se considerará que las presentes Condiciones Generales han sido comunicadas al Comprador desde el momento en que a éste se
le comunica la página web en que se encuentran las mismas o recibe una oferta del Vendedor, acompañada o no de estas Condiciones.
Alternativamente, se considerarán como comunicadas, si el Comprador las recibió previamente en el curso de su relación comercial con el
Vendedor, considerándose en este caso aceptadas por el Comprador a todos los efectos al cursar su pedido.
2. Propiedad Intelectual e industrial.
La propiedad intelectual y/o industrial de la oferta y la información adjunta a la misma, de los equipos objeto del suministro, así como los elementos, planos, dibujos, «software», etc., incorporados o relativos al mismo, pertenece al Vendedor o a los proveedores del mismo, por lo que queda expresamente prohibida su utilización por el Comprador para otros fines que no sean la cumplimentación del pedido así como su copia total o parcial o cesión de uso a favor de terceros, sin el previo consentimiento expreso del Vendedor.
3. Formalización de pedidos y alcance del suministro / servicio
3.1 El alcance del suministro o servicio estará claramente especificado en el pedido del Comprador. Para que se considere efectivo, el pedido tiene que recibir una aceptación expresa por parte del Vendedor, exceptuándose los casos en que, dado el carácter periódico del suministro, de mutuo acuerdo, se haya eliminado este requisito.
3.2 El suministro incluye únicamente los equipos, materiales y servicios objeto del pedido, a excepción de los casos en los que en el pedido del Comprador que haya sido aceptado por el Vendedor, se incluya explícitamente alguna documentación, información, soporte o Servicio adicionales.
3.3 Los pesos, dimensiones, capacidades, especificaciones técnicas y configuraciones referentes a los productos del Vendedor incluidos en catálogos, folletos, prospectos y literatura técnica, tienen carácter orientativo y no vinculante, con excepción de los casos en que el Vendedor acepte una especificación cerrada del Comprador, la cual tiene que formar parte de los documentos del pedido.3.4 Las modificaciones y/o variaciones del alcance de un pedido deben
notificarse al Vendedor siempre por escrito y, para que sean válidas, deberán ser aceptadas expresamente por el Vendedor.
4. Precios.
4.1 Los precios de los suministros son netos, sin incluir I.G.V., ni cualquier otro impuesto, derecho o tasa, que se repercutirán posteriormente en la factura con los tipos correspondientes. Salvo que  exista una estipulación contraria en el pedido o un acuerdo al respecto entre el Comprador y el Vendedor, derivado de su relación comercial, los precios no incluyen embalaje, transporte, cargas ni seguros, y se consideran situados en fábrica del Vendedor. Estos precios son
únicamente válidos para el pedido de la totalidad de los materiales especificados en la oferta.
4.2 Los precios de los servicios, tanto por mano de obra del personal como por empleo de equipos auxiliares, materiales, transportes, consumibles, etc., se basan en precios unitarios netos y no incluyen I.G.V., ni cualquier otro impuesto.

4.3 En caso de que se haya estimado un número de horas para las distintas actividades que componen los servicios, se indica que este número de horas tiene un carácter orientativo, facturándoselas horas efectivamente realizadas.
4.4 En el caso de ofertas previas al pedido, los precios ofertados tienen validez de 15 días y en este periodo se considerarán como fijos en las condiciones de pago especificadas en la oferta, salvo que el suministro ofertado consista en equipos importados sujetos a contingencias de cambio de moneda o a pago de aranceles y tasas, en cuyo caso el precio de la oferta se ajustaría en función de dichas variaciones.
4.5 Los precios indicados en la oferta se entienden para las condiciones de pago especificadas en la oferta. Si estas condiciones de pago se modificasen, los precios de oferta serían revisados. El documento de la oferta modificado a mano o con tachones no será admitido.
4.6 Una vez aceptado el pedido por el Vendedor los precios del suministro se consideran fijos y no sujetos a revisión. No obstante, será aplicable un reajuste de precios cuando:
– Se ha convenido entre el Comprador y el Vendedor una revisión de precio.
– Se ha retrasado el plazo de entrega o aceptación por causa directa o indirectamente imputable al Comprador.
– Se ha modificado el alcance del suministro a petición del Comprador.
– En el supuesto de que los precios se hayan cotizado en una moneda distinta al USD, la variación de la paridad que experimente la moneda con respecto al USD desde la fecha del pedido hasta las fechas contractuales de facturación de cada hito, motivará el correspondiente ajuste del precio de venta.
5. Condiciones de pago.
5.1 La oferta del Vendedor o, en caso de que no existiese tal, el pedido del Comprador aceptado por el Vendedor, incluirá las condiciones de pago del suministro. También se podrán emplear unas condiciones de pago previamente especificadas en el marco de un acuerdo de relación comercial continua entre el Comprador y el Vendedor.
5.2 El pago se realizará en las condiciones acordadas, en la cuenta bancaria del Vendedor o mediante otro procedimiento acordado. El pago se realizará sin ninguna deducción tal como retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas, o cualquier otra.
5.3 Si por causas ajenas al Vendedor, se retrasase la entrega, montaje puesta en marcha o la recepción del suministro, se mantendrán las condiciones de pago acordadas.
5.4 En caso de retraso en los pagos por parte del Comprador, este tendrá que pagar al Vendedor, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, los intereses de demora del pago retrasado, que se calcularán aplicando una tasa de interés por el periodo de demora equivalente a la Tasa de Interés Referencial del BCRP para depósitos a un mes incrementado en un punto porcentual (100 puntos básicos) y se tomará el publicado por el BCRP el segundo día hábil anterior al día de comienzo del periodo de interés correspondiente. El pago de estos intereses no libera al Comprador de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas.
5.5 En caso de que el Comprador incurra en retrasos en los pagos acordados, el Vendedor podrá suspender el envío de suministro o la ejecución de los Servicios asociados al mismo, sin perjuicio de requerirse al Comprador la realización de los pagos atrasados y de reclamarse, en su caso, compensaciones adicionales por esta detención del suministro o ejecución de los Servicios acordados.
5.6 La formulación de una reclamación por parte del Comprador, no da derecho al mismo a la suspensión o deducción alguna en los pagos comprometidos.

6. Plazo y condiciones de entrega.
6.1 El plazo de entrega se entiende para el material puesto en la posición y condiciones indicadas en la aceptación del pedido. En caso de no especificarse la posición de entrega en el mismo, se considerará el suministro situado en la fábrica o almacenes del Vendedor. Para que el plazo de entrega obligue al Vendedor, el Comprador deberá haber cumplido estrictamente con el programa de pagos, en su caso.
6.2 El plazo de entrega será modificado cuando:
a) El Comprador no entregue en plazo la documentación que sea necesaria para la ejecución del suministro.
b) El Comprador requiera modificaciones en el pedido que sean aceptadas por el Vendedor y que a juicio del Vendedor requieran una extensión del plazo de entrega.
c) Para la realización del suministro sea imprescindible la ejecución de trabajos por parte del Comprador o sus subcontratistas y éstos no se hayan ejecutado a tiempo.
d) El Comprador haya incumplido alguna de las obligaciones contractuales del pedido, en especial la que se refiere a pagos.
e) Por causa no directamente imputable al Vendedor se produzcan retrasos en la producción o disposición de todos o algunos de los elementos de suministro. De forma ilustrativa, pero no limitativa se incluyen las siguientes causas de retraso: huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de transportes, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, paros de personal del Vendedor o sus subcontratistas, sabotajes, paradas accidentales en los talleres del Vendedor por averías, etc. y cualquier causa que pueda ser considerada con carácter de fuerza mayor.
En los casos a), b), c) y d) anteriores, los aplazamientos en el plazo de entregan no modificarán la programación de pagos del suministro.
6.3 En caso de producirse un retraso en la entrega de los equipos y materiales objeto del pedido directamente imputable al Vendedor, el Comprador podrá aplicar la penalidad acordada previamente con el Vendedor siendo dicha penalidad la única acción indemnizatoria posible por causa de retraso (de no especificarse esta en el pedido se admitirá un retraso en la entrega de hasta 75 días sobre la fecha de entrega acordada en el pedido, sin que ello suponga variación en las condiciones y fechas de pago acordadas y a respetar).
7. Embalajes y transportes.
7.1 Salvo acuerdo previo con el Comprador, los embalajes de los equipos y materiales objeto del suministro serán objeto de un cargo adicional sobre el precio de venta, no admitiéndose la devolución de los mismos. Como receptor final de nuestro embalaje, es responsabilidad del Comprador dar el tratamiento medio ambiental más adecuado (valoración, reutilización o reciclado).
7.2 Salvo acuerdo previo con el Comprador, el transporte, incluyendo las cargas y descargas, se realizará a coste, riesgo y cuenta del Comprador, por lo que el Vendedor es ajeno a cualquier reclamación respecto a daño o menoscabo del suministro, siendo por cuenta del Comprador la asunción de dichos riesgos.
7.3 Si los equipos se encuentran listos para proceder a su suministro o, alternativamente, en espera de realizar pruebas acordadas, y el Comprador no los retira o no llega a un acuerdo con el Vendedor para que sean almacenados en sus instalaciones en unas condiciones pactadas, todos los gastos ocasionados por el almacenaje, evaluados a criterio del Vendedor, serán a cargo del Comprador, quien también correrá con todos los riesgos que pueda sufrir el material almacenado.
8. Trabajos preparatorios. Trabajos, servicios y suministros no contratados. Permisos y autorizaciones.
8.1 El comprador debe llevar a cabo de manera apropiada, en plazo, por su cuenta y bajo su responsabilidad, los trabajos preparatorios necesarios para que el Vendedor pueda ejecutar los servicios en las condiciones y plazos acordados: permisos, accesos, iluminación, electricidad, etc. Asimismo el comprador tiene que entregar al vendedor la documentación necesaria (dibujos, planos, especificaciones, etc.) y la planificación adecuada de los trabajos de su responsabilidad, para que el vendedor pueda realizar una ejecución correcta y no interferida de los Servicios contratados.

8.2 El comprador debe obtener a su cargo y bajo su responsabilidad todos los permisos y autorizaciones necesarios para que los servicios sean ejecutados por el vendedor de acuerdo con la reglamentación aplicable.

9. Jornada laboral. Facilidades para ejecución de servicios 

9.1 El vendedor ajustará en lo posible la jornada laboral de sus empleados o contratistas a la jornada laboral del comprador, si éste tuviese actividad industrial en el lugar de ejecución de los servicios. No obstante, cuando se requiera evitar interferencias, se aprovechen paradas, o se trate de servicios en plantas en proceso de construcción, se adoptará una jornada laboral adaptada al caso específico.
9.2 En cualquier caso, las jornadas laborales de los empleados del vendedor o sus contratistas en cuando a duración, horas extraordinarias, pausas, y periodos de descanso se adaptarán a la legislación laboral vigente y los convenios de su sector. Si por razones ajenas al vendedor, se realizará una jornada inferior a la jornada laboral legalmente establecida sin haberse considerado ese extremo en la oferta, se facturará la jornada legalmente establecida.
9.3 Cualquiera que sea la jornada laboral adoptada, el comprador debe proporcionar el entorno de trabajo más adecuado posible para la ejecución de los servicios por parte del vendedor, sus empleados y sus contratistas: iluminación, calefacción, seguridad, vigilancia, etc.
9.4 El comprador debe poner a disposición de los empleados del vendedor o sus contratistas las facilidades operativas necesarias, tales como: accesos a sanitarios, lugar para comidas, vestuario, almacén para materiales, herramientas y equipos, vigilancia, etc.
10. Seguridad laboral y Coordinación
10.1 El comprador será el único responsable de la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de las seguridad y de la salud en el trabajo, siendo pues responsable de la información de los riesgos propios del centro de trabajo en el que se desarrollarán los trabajos contratados así como de las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia, correspondiéndole así mismo la coordinación entre los diversos contratos y contratistas que, en su caso, participen en un determinado proyecto, así como de las funciones de consulta, formación y, en general, de cuantas otras obligaciones en materia de seguridad e higiene en el trabajo se deriven de la aplicación de la Ley de Riesgos Laborales, tanto respecto a sus propios trabajadores como a los de su contratistas.
10.2 El vendedor está facultado para llevar a cabo la paralización de la ejecución de los servicios si considera que la seguridad del personal no está garantizada, gozando de una extensión de plazo razonable cuando se produzca cualquier demora y siendo compensado por el comprador por cualquier pérdida o daño que sufra, tales como horas perdidas, desplazamientos de personal, dietas, inmovilización de equipos y herramientas, etc., respecto a las obligaciones y responsabilidades previstas en la presente cláusula y las contempladas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11. Subcontratación
El vendedor podrá realizar subcontrataciones de parte de los trabajos incluidos dentro de la ejecución de los servicios. No obstante, el vendedor, mantendrá la total responsabilidad de la calidad y plazo de ejecución de los servicios contratados.
12. Inspección y Recepción.
12.1 Salvo en los casos en que lo especifique el pedido, las inspecciones y ensayos durante la producción y la inspección fina previa al envío del suministro, serán realizados por el Vendedor.
Cualquier ensayo adicional requerida por el Comprador deberá ser especificado en el pedido, relacionándose la normativa aplicable y el lugar y entidad, en su caso, en que se realizarán estos ensayos. Estos ensayos adicionales deberán contar con la aprobación del Vendedor y se realizarán por cuenta del Comprador.

12.2 Una vez recibido el suministro, el Comprador verificará el contenido del mismo en un plazo no superior a 15 días desde su recibo, para comprobar eventuales defectos y/o faltas que pudiesen ser imputables al Vendedor, comunicando en su caso de forma inmediata al Vendedor la existencia de estos defectos y/o faltas.
12.3 Si el suministro presenta defectos y/o faltas imputables al Vendedor, éste tomará las medidas necesarias para su eliminación.
12.4 Salvo el caso en que se hayan especificado en el pedido pruebas de recepción en condiciones y fechas convenidas entre el Vendedor y el Comprador, una vez transcurridos los 15 días desde la recepción del suministro por parte del Comprador sin que el Vendedor haya recibido una comunicación escrita sobre eventuales defectos o faltas, se considerará que el suministro ha sido aceptado, comenzándose a contar a partir de este momento el periodo de garantía.
12.5 Se considerará a todos los efectos que el suministro ha sido recepcionado por el Comprador si, habiéndose acordado pruebas de recepción, éstas no se llevan a cabo en el periodo estipulado por razones no imputables al Vendedor o si el Comprador comienza a utilizar el suministro.
13. Reclamaciones.
13.1 Se establece un plazo de 15 días desde que el suministro ha sido recibido por el Comprador, para que éste lo notifique al Vendedor por escrito y de forma fehaciente.
13.2 Los envíos de material a las instalaciones del Vendedor, ya sea para su substitución o reparación deberán hacerse siempre a portes pagados.
13.3. El Vendedor no admitirá reclamaciones de materiales que hayan sido utilizados, montados en otros equipos o manipulados y que no
haya sido notificado con anterioridad al Vendedor.
14. Garantías.
14.0 A tener en cuenta que sólo se atenderán garantías del producto de aquellos productos que estén abonados al vendedor en su totalidad.
14.1 Salvo estipulación expresa en contrario, incluida en la oferta o la aceptación del pedido, el Vendedor garantiza en lo referente a defectos de materiales, fabricación o ensamblado por un periodo de 12 meses o 1000 horas de trabajo (lo que antes se cumpla) para los fabricados nuevos y de tres meses para las reparaciones y servicios, contado a partir de la fecha de recepción, sea ésta explicita (superación de pruebas de recepción acordadas entre el Vendedor y Comprador), o tácita (15 días después de envío al Comprador, sin comunicación escrita al Vendedor indicando alguna disconformidad) .
14.2 La garantía expresada en el apartado 10.1 consiste en la reparación o substitución (a elección del Vendedor) de los elementos que se hayan reconocido como defectuosos, bien por defectos del material, defectos de fabricación o de ensamblado. Las reparaciones, se entienden realizadas en los talleres del Vendedor, siendo por cuenta del Comprador los desmontajes, embalajes, cargas, transportes, aduanas, tasas, etc., originados por la remisión del material defectuoso a los talleres del Vendedor Euroimportadora de partes S.A.C. y su posterior entrega al Comprador. No obstante, podrá acordarse con el Comprador la realización de las reparaciones y substituciones del elemento defectuoso en las instalaciones del Comprador (a elección del vendedor
Euroimportadora de partes S.A.C.)
14.3 La reparación o substitución de un elemento defectuoso del suministro, no varía la fecha de inicio del periodo de garantía del conjunto del suministro, que será la indicada en el apartado 10.1. Sin embargo, el elemento reparado o substituido tendrá tres meses de garantía a partir de su reparación o substitución.
14.4 Cuando la garantía expresada en el apartado 10.2 consiste en una substitución, que por urgencia deba ser inmediata, el Comprador se compromete a efectuar la devolución de la pieza o elemento defectuoso en un plazo no superior a 7 días a partir de la fecha de entrega de la nueva pieza o elemento. Se procederá a la facturación de la pieza enviada en el caso de no devolución de la substituida.
14.5 En ningún caso el Vendedor se hará cargo de las reparaciones efectuadas por personal ajeno a su organización.

14.6 Quedan excluidos de la garantía los daños o efectos debidos al desgaste por utilización normal de los equipos. Además quedan excluidos de la garantía, la cual se considerará asimismo caducada, los daños y defectos originados por conservación o mantenimiento inadecuados, almacenamiento y manejo erróneo o negligente, uso abusivo, utilización de líquidos y gases inadecuados así como flujo o presión inadecuados, montajes defectuosos ,modificaciones
introducidas en el suministro sin aprobación del Vendedor, instalaciones realizadas o modificadas posteriormente sin seguir las instrucciones técnicas del producto y en general cualquier causa que no sea imputable al Vendedor.
14.7 Asimismo, se considerará la garantía caducada, si en caso de que se haya estipulado la puesta en marcha del suministro con asistencia de personal del Vendedor, el suministro se pone en marcha sin esta asistencia o si en caso de avería no se toman medidas para mitigar el daño.
14.8 Cualquier modificación hecha en el implemento sin la autorización expresa de Euroimportadora de partes S.A.C supondrá la pérdida total de la garantía.
15. Limitación de responsabilidad.
La responsabilidad del Vendedor y sus agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones (incluida la negligencia activa y pasiva), no excederá en conjunto del precio básico contractual y no incluirá en ningún caso los perjuicios derivados del lucro cesante, la pérdida de ingresos, energía o uso, los costes de capital, los costes de inactividad, las demoras, las reclamaciones de clientes del comprador, los costes de sustitución de energía, la pérdida de ahorros previstos, el aumento de los costes de explotación y
cualesquiera perjuicios especiales, indirectos o emergentes y pérdidas de cualquier clase {sean de carácter contractual, extra contractual – incluida la negligencia activa y pasiva- de garantía, de responsabilidad estricta o de otra clase. 
16. Limitación de Exportación.
Algunos de los productos suministrados por el Vendedor pueden estar sujetos a regulaciones de control de exportación. Por esta razón los elementos suministrados al Comprador no serán exportados directa o indirectamente por el Comprador o terceros, sin la previa autorización escrita del Vendedor. El Comprador se hace responsable del cumplimiento de este requerimiento.
17. Sumisión a Jurisdicción y Competencia.
Las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Lima. Perú.